Ley como arma y contra-imaginación de la justicia

Cuando la ley se vuelve arma: El caso Hernández y la búsqueda de una contra-imaginación de la justicia

Introducción

La relación entre derecho y poder en Latinoamérica atraviesa un momento de profunda transformación. En un escenario marcado por la polarización política, la erosión institucional y la creciente influencia de liderazgos personalistas, la justicia ha dejado de ser un territorio neutral. Conceptos como lawfare y contra‑lawfare se han vuelto indispensables para comprender cómo los procesos judiciales pueden convertirse en armas narrativas, instrumentos de legitimación o mecanismos de persecución.

El indulto otorgado por Donald Trump a Juan Orlando Hernández en 2025 no solo reconfiguró el destino jurídico de un expresidente hondureño. También expuso, con una claridad inquietante, la fragilidad de la soberanía, la plasticidad de la justicia y la disputa por el significado mismo de la ley en el hemisferio.

Este ensayo examina ese caso como un punto de inflexión y propone una reflexión más amplia sobre la necesidad de imaginar nuevas formas de justicia capaces de resistir la captura faccional y la manipulación geopolítica.

“LAWFARE”, “CONTRA‑LAWFARE” Y EL CASO HERNÁNDEZ

El término lawfare se utiliza para describir el uso de las instituciones legales como armas en conflictos políticos. En Latinoamérica, esta idea se ha vuelto central para entender cómo muchos líderes y movimientos interpretan los juicios, las investigaciones y las decisiones judiciales. El concepto es utilizado por distintos grupos ideológicos y suele funcionar más como una herramienta narrativa que como una doctrina jurídica precisa.

El caso de Juan Orlando Hernández ilustra claramente esta dinámica. Su condena en Estados Unidos fue presentada como un logro importante en la lucha contra la corrupción y el narcotráfico. Para muchos observadores, demostró que incluso un expresidente podía ser responsabilizado cuando las instituciones de su propio país eran incapaces o no estaban dispuestas a actuar.

Sin embargo, el significado de un juicio nunca es fijo. Cuando Donald Trump regresó a la presidencia en 2025, reinterpretó la condena de Hernández como un ejemplo de persecución política llevada a cabo por la administración anterior. Su decisión de indultar a Hernández no fue presentada como un acto de misericordia. En cambio, fue descrita como la corrección de lo que él consideraba un proceso judicial motivado políticamente.

Este cambio transforma la idea misma del indulto. El perdón se convierte en una declaración de que el proceso legal estuvo viciado o corrompido. En esta interpretación, el soberano no perdona: el soberano denuncia. El acto de clemencia se convierte en una acusación dirigida a las instituciones que llevaron a cabo el juicio.

Las implicaciones van más allá de Estados Unidos y Honduras. Si un líder extranjero puede anular el destino legal de un expresidente condenado en sus propios tribunales, entonces la frontera entre justicia interna y estrategia geopolítica se vuelve difusa. El indulto envía un mensaje a los actores políticos de toda la región. Sugiere que la lealtad puede ser recompensada incluso después de una condena, y que los procesos judiciales pueden reinterpretarse como persecución cuando entran en conflicto con los intereses de un movimiento político.

A esto se le puede llamar contra‑lawfare. No se trata solo de resistir los procesos legales. Se trata de reinterpretarlos activamente como ilegítimos. Es una lucha por la autoridad misma de la ley. En esta lucha, el caso Hernández se convierte en un símbolo y en un precedente. Muestra cómo la justicia puede transformarse en un recurso político que cruza fronteras y sirve a los objetivos de facciones en competencia.

La pregunta más profunda es simple e inquietante: ¿qué queda de la justicia cuando su legitimidad puede deshacerse únicamente mediante una narrativa? Si la ley se convierte en un espacio disputado de significados, entonces la soberanía misma se vuelve inestable. El indulto a Hernández revela esta inestabilidad. Muestra cómo la ley puede ser tanto un instrumento como un objetivo del poder político, y cómo la excepción puede convertirse en la regla en un mundo donde la legalidad se renegocia constantemente.

EL INDULTO COMO MANIOBRA GEOPOLÍTICA

El indulto de Trump a Juan Orlando Hernández a finales de 2025 fue una maniobra geopolítica estratégica destinada a reconfigurar la influencia de Estados Unidos en Centroamérica, contrarrestar a los gobiernos de izquierda y reforzar los bloques conservadores alineados con Trump. Coincidió con una elección hondureña decisiva y debilitó una condena histórica por narcotráfico en Estados Unidos.

Contexto geopolítico del indulto. Momento y estrategia política.

  • Fecha del indulto: 28 de noviembre de 2025, apenas dos días antes de las elecciones generales de Honduras.
  • Público objetivo: sectores conservadores hondureños, especialmente el Partido Nacional, cuyo candidato Nasry “Tito” Asfura contaba con el respaldo de Trump.
  • Objetivo: influir en la elección restaurando la credibilidad del antiguo líder del partido y desacreditando la acusación presentada durante la administración Biden.

Cambio en la política exterior de Trump

  • Doctrina transaccional: priorizó la lealtad y la alineación ideológica por encima de la justicia institucional.
  • Realineamiento regional: el indulto formó parte de un esfuerzo para contrarrestar la “Marea Rosa” en América Latina.

Debilitamiento de la autoridad judicial estadounidense

  • Hernández fue sentenciado a 45 años por conspirar para importar más de 400 toneladas de cocaína a Estados Unidos.
  • El indulto borró una de las persecuciones por narcóticos más ambiciosas en la historia del país.

Mensajes simbólicos

  • Contraste con Maduro: evidencia de aplicación selectiva basada en alineamientos políticos.
  • Papel de Roger Stone: presión narrativa para presentar el caso como “guerra legal”.

Implicaciones regionales

  • Riesgo de desestabilización institucional.
  • Fragilidad de la justicia transnacional.
  • Relevancia para México y el debate jurídico‑cultural.

LA SOBERANÍA EN LA ERA DE LA GEOPOLÍTICA PERSONALISTA

La soberanía ha sido, durante siglos, el principio que define la autonomía de los Estados. Pero en la era de la geopolítica personalista, esta noción comienza a desdibujarse.

El indulto a Hernández no solo anuló una condena. Reescribió su significado. Lo que antes era una sanción legal se convirtió en una narrativa de redención política.

Esto plantea preguntas profundas:

  • ¿Quién define lo que es justo?
  • ¿Qué queda de la soberanía jurídica cuando un líder extranjero puede absolver a un expresidente de otro país?
  • ¿Qué ocurre cuando el destino legal de un gobernante depende más de alianzas políticas que de instituciones nacionales?

La geopolítica personalista opera mediante vínculos personales, lealtades ideológicas y gestos simbólicos que cruzan fronteras. En este modelo, la soberanía deja de ser un escudo y se convierte en una ficha en el tablero del poder.

LA JUSTICIA COMO MONEDA FACCIONAL EN EL HEMISFERIO

En un sistema político estable, la justicia se concibe como un conjunto de reglas aplicadas de manera imparcial. Pero en el contexto actual, la justicia se ha convertido en un recurso estratégico dentro de un conflicto político más amplio.

El caso Hernández muestra cómo los juicios, las sanciones y los indultos funcionan como señales dentro de un sistema de alianzas. Cada decisión judicial es interpretada como triunfo o derrota de una facción. La justicia se vuelve un campo de batalla simbólico.

Cuando la justicia se convierte en herramienta faccional, pierde su capacidad de actuar como árbitro. Su autoridad se erosiona. La confianza pública se debilita. Y en ese vacío, las narrativas políticas ocupan el lugar que antes pertenecía a los hechos.

HACIA UNA CONTRA‑IMAGINACIÓN DE LA JUSTICIA

Frente a este escenario, surge la necesidad de imaginar alternativas. No basta con denunciar la instrumentalización de los tribunales. Es necesario construir una visión distinta de la justicia, capaz de resistir la presión de los liderazgos personalistas.

La justicia necesita una narrativa propia. Una narrativa que recuerde que no pertenece a las facciones, ni a los gobiernos, ni a los líderes, sino a la comunidad política en su conjunto.

Para ello, se requieren mecanismos regionales que actúen como contrapeso, así como un trabajo cultural y simbólico que devuelva a la justicia su capacidad de hablar en nombre de la dignidad, la memoria y la responsabilidad colectiva.

La contra‑imaginación de la justicia es también un acto poético: la creación de un lenguaje que permita nombrar aquello que la lógica faccional intenta borrar.

El caso Hernández muestra la urgencia de este esfuerzo. Sin una contra‑imaginación, la justicia seguirá siendo un campo de batalla. Con ella, puede volver a ser un fundamento de convivencia.

Referencias

Kittrie, O. F. (2016). Lawfare: Law as a weapon of war. Oxford University Press.

Malem Seña, J. (2025). Lawfare. Doxa: Cuadernos de Filosofía del Derecho, (48), 1–20.

vota x mí

desde cuando me estoy auto postulando y se hacen que noyeen

siSoy la Única choice, la netation [{ «Neta Nation}]

vota x mí vote 4 me / vota x tí vote for me / vato in here veto en sí /

valor(go) [x] mil / vuelo delfín

.

Creo que no tengo ni un miligramo de paciencia, y nunca la he tenido; y esa impaciencia me convierte en lo que más me enorgullece de mí: que soy la conciencia y energía mismas de {{‘Creación’}}.

Toda mi vida he fabricado y he destruido todas las versiones de mí. En mi impaciencia, así, me poseo. Ante lo que no tolero, no sólo mento, menciono alternativas; sino que : LAS CONSTRUYO. Las hago suceder.

Me encarno, glorioso, en cada uno de mis diseños.

En {soy} todos los eventos y el acontecimiento de cada uno de mis increíbles e insospechados diseños.

den un cias

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Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo

Revisión y análisis de la normatividad relacionada con nuestras denuncias y su proceso. Comenzamos resaltando lo más relevante para mejor seguir estrechando las relaciones que estamos señalando entre las evidencias objetivas, hechos, y la normatividad que en teoría los regula.

¿Ya ves que ahí lo dice?
Superfíjate en esto.
El peso de esto puede recaer en la «interpretación». Téngase cuidado.
Mhmhmm…
¿En serio?

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo

¿Cuántas faltas graves y cuántas faltas no graves contaron ustedes?

Claro que tienes derecho

Claro que tienes derecho
de no luchar por nada.
Derecho a ser feliz, a relajarte,
a pensar que eres esa tan genial persona
que no debe nada a nadie y que trabaja,
que paga sus impuestos y que vota cuando debe.

Claro que tienes derecho
de limitarte a lo tuyo.
De escuchar las noticias
como un ruido molesto.
De no meterte en problemas
que para nada te tocan.

Como si no fuera
cualquier vida algo difícil.

Claro que tienes derecho
para envolverte en los tuyos.
Hoy es una bendición el tener a alguien.
Y para el día de mañana,
todo es tan inseguro…
Claro que tienes derecho a refugiarte.
También desearía, como tú,
ese inmenso poder de no pensar en nada.

Es la verdad, que te envidio,
porque yo no tengo a nadie.

Claro que tienes derecho
para llenarte de orgullo.
Sin importar lo que sea,
estás de pie.
La gente que te conoce
sabe cuánto has pasado.
Cuántas penas, esfuerzos,
todo tu sacrificio y constancia.
El respeto que siempre muestras
para tus jefes y amigos.
Cómo te amoldas y adaptas,
y cómo siempre sonríes
y respondes los saludos.

Claro que tienes derecho
de tener tranquilidad.
Cumples con tu trabajo, obedeces,
eres puntual y asistes a todos tus deberes.
Eres leal, una persona agradecida.
Y todo tu grupo social
sabe que cuenta contigo.
Juntos es que han protegido
todos sus intereses.
No han permitido que nadie
les humille, les insulte, ni les robe.

Y yo, un pobre inútil, hipócrita,
leproso repugnante,
que defiende cualquier causa
sin más razón que gritar escandalosamente,
clamando por cualquier limosna
de atención que a alguien le sobre.

Claro que tienes derecho de ignorarme.
Por gente como yo,
este país no avanza en ningún rumbo.
Tengo resentimientos, traumas,
vicios, necedades.
Soy esta persona colérica,
inestable y grosera
que no es capaz ni siquiera de soportarse a sí misma.

Sólo hay algo que sí quiero rogarte.
Y es que, desde nacer,
siento este profundo asco.
Nunca entendí qué es esto.
No me gusta. Cada mínimo detalle,
organización, protocolo, jerarquía,
cada reglamento escrito y cada
regla de etiqueta, cada celebración,
convivio, reunión, fiesta o asamblea,
cada facción, sindicato y grupo guerrillero,
no existe en realidad ninguna sola cosa
que no me sea en extremo repugnante.

No imaginas cuántas veces he deseado
ponerle, por fin, un fin a esta miseria.

No hay nada más que pueda
querer más,
que terminar conmigo
de una maldita vez por todas.

¿Por qué no, por favor,
vinieras, y me ayudas,
y me matas?

En el fondo, yo lo sé,
soy cobarde, al infinito,
un decepcionante cobarde,
igual que tú.

JCM

IXMIQUILPAN DE DEFINE #REVOCACIÓN

*HIDALGO HOY.REVOCACIÓN*
🔥⚖️🔥⚖️🔥
*COMUNIDADES DE IXMIQUILPAN, EXIGEN LES REGULARICEN SUS TIERRAS*

_“No estaríamos aquí, si Menchaca cumpliera con el trabajo para el que fue contratado por El Pueblo”_

_*Más de 600 habitantes de siete comunidades de Ixmiquilpan,*_ fueron impedidos de manifestarse libremente, ante la sede del Ejecutivo, en respuesta bloquearon el Blvd. Santa Catarina  y amagaron con trasladar su protesta a la CDMX para exigir la regularización de sus tierras para terminar con añejos conflictos agrarios.

Los 17 autobuses en que se trasladaban fueron contenidos por policías estatales, sobre la carretera Pachuca-Actopan.

Los contingentes de las comunidades de::
San Juanico
San Nicolás
Puerto Dexthí
La Heredad
El Durazno
La Palma
Ustheje…
integradas en la Alianza de Pueblos en Defensa de la Pequeña Propiedad, inició la interrupción del tráfico vehicular.

Hasta ese punto llego el subsecretario de Gobierno, _*Arturo Sosa Echeverría*_ en un intento de establecer acuerdos y disolver la manifestación pero no lo logró, pues los inconformes exigieron respuestas inmediatas, argumentando que autoridades estatales, ya _*los habían hecho esperar más de dos años en la solución de sus problemas (2022).*_

Además acusaron que la anterior administración municipal de Ixmiquilpan les prometió acompañarlos hasta finiquitar los pendientes pero _*nunca les cumplió.*_

Mientras permanecía el bloqueo, los manifestantes bajaron de los autobuses y _*encabezados por Cándido Trejo González,*_  caminaron al Palacio de Gobierno, para hablar con el gobernador _*Julio Menchaca Salazar o el secretario de Gobierno Guillermo Olivares Reyna,*_ con el objetivo de que les dieran solución a sus demandas.

Los inconformes permanecieron afuera de palacio de gobierno.
Al ser ignorados por Menchaca, una comisión se dirigió a la CDMX, para exponer sus quejas ante la Secretaría de Gobernación (Segob).
:::::::::::::::::::::::::::::::::::
RECORDEMOS que a inicios de Enero de este 2025, el gober Menchaca, declaró a los medios de comunicación locales, que lo único que le importa de aquí al 2027, son las elecciones del 2027, en las cuales pretende volver a imponer a sus amigos chapulines en las Alcaldías y Diputaciones.

https://diariovialibre.com.mx/comunidades-de-ixmiquilpan-exigen-les-regularicen-tierras/

*LOS VALIENTES CIUDADANOS HIDALGUENSES DEL VALLE DEL MEZQUITAL,* obligaron al subsecretario de gobernación *(Arturo Sosa)* a caminar con ellos desde ese punto.
_*¡¡¡ A MENCHACA YA LE HACE UNA CAMINADITA CON EL PUEBLO BUENO Y SABIO !!!*_
👇⚖️🔥⚖️👇😉
*VIDEO::*
https://www.facebook.com/share/p/152dCNJBkh/

Derecho en el Porfiriato y la Revolución

a) El derecho en el Porfiriato

¿Cómo influyó la legislación porfirista en la modernización del país?

Durante el Porfiriato, se impulsaron importantes reformas legales que buscaban modernizar la economía y la infraestructura del país. Entre las principales aportaciones destacan:

  • Código Federal Minero (1884) y Ley Petrolera (1900):  Permitieron la explotación del subsuelo, otorgando grandes concesiones a empresas extranjeras.
  • Ley de Ferrocarriles (1881):  Impulsó la expansión de la red ferroviaria, clave para el comercio y la integración nacional.
  • Ley de Colonización (1883):  Buscaba delimitar tierras baldías y fomentar su explotación. Sin embargo, terminó favoreciendo el acaparamiento de tierras por grandes latifundistas, lo que exacerbó las desigualdades sociales.
  • Código Sanitario (1891):  Modernizó la regulación en materia de salud pública.
  • Ley de Vías de Comunicación y Aprovechamiento de Aguas (1888):  Reguló el uso de recursos hídricos y la construcción de infraestructura.

Estas leyes contribuyeron a la modernización económica del país, pero también generaron desigualdades sociales, como el despojo de tierras a comunidades indígenas y campesinas, lo que posteriormente sería una de las causas de la Revolución Mexicana.

¿Qué continuidad o rupturas se observaron después de la Revolución?

Continuidad:

La infraestructura creada durante el Porfiriato, como los ferrocarriles y las vías de comunicación, siguió siendo una base importante para el desarrollo económico.

Algunas políticas económicas, como la atracción de inversión extranjera, continuaron siendo promovidas, aunque con mayores restricciones.

Rupturas:

La Constitución de 1917 marcó un cambio significativo al establecer derechos sociales, como la reforma agraria (artículo 27) y los derechos laborales (artículo 123), que buscaban corregir las desigualdades generadas durante el Porfiriato.

Se abandonó el modelo de latifundios, promoviendo la redistribución de tierras a través del ejido.

b) Legislación y conflicto revolucionario

¿Qué avances y retrocesos tuvo el derecho mexicano durante la Revolución?

Avances:

  • Ley Agraria (1915):  Promulgada por Carranza, buscaba devolver tierras a las comunidades indígenas y campesinas despojadas durante el Porfiriato.
  • Ley del Municipio Libre (1914):  Restituyó la autonomía municipal, eliminando la centralización porfirista.
  • Constitución de 1917:  Introdujo derechos sociales pioneros a nivel mundial, como el reconocimiento del derecho al trabajo, la educación gratuita y la propiedad social de la tierra.

Retrocesos:

  • Durante el conflicto armado, el país vivió un periodo de inestabilidad política y jurídica, lo que dificultó la aplicación efectiva de las leyes.
  • La lucha entre facciones revolucionarias (zapatistas, villistas, carrancistas) generó constantes cambios en las políticas legales y administrativas.

¿En qué medida la Constitución de 1917 representó un cambio respecto a la normatividad anterior?

La Constitución de 1917 rompió con el modelo liberal-individualista de la Constitución de 1857 al incorporar un enfoque social. Algunos de los cambios más destacados fueron:

  • Artículo 27:  Estableció que la propiedad de las tierras y aguas correspondía originalmente a la nación, permitiendo su redistribución en beneficio de las comunidades.
  • Artículo 123:  Reconoció los derechos laborales, como la jornada máxima de 8 horas, el salario mínimo y el derecho a huelga.
  • Artículo 3:  Garantizó la educación laica, gratuita y obligatoria.

Este cambio marcó el inicio de un Estado con mayor responsabilidad en el ámbito social.

c) El derecho posrevolucionario

¿Cómo influyó el desarrollo jurídico en la consolidación del Estado mexicano?

El desarrollo jurídico posrevolucionario permitió la institucionalización del poder político, lo que fue clave para la consolidación del Estado mexicano. Entre los hitos más importantes destacan:

  • Creación del Partido Nacional Revolucionario (PNR) en 1929:  Fundado durante el Maximato, este partido (posteriormente PRI) ayudó a estabilizar el sistema político al aglutinar a las diversas facciones revolucionarias.
  • Reformas legales:  Se promulgaron nuevas leyes, como el Código Penal de 1929 y la Ley Federal del Trabajo de 1931, que consolidaron el marco legal del país.
  • Instituciones nacionales:  Se crearon organismos como el Banco de México (1925) y la Comisión Nacional de Irrigación (1926), que fortalecieron la economía y la administración pública.

¿Qué papel tuvo el PRI y el sistema electoral en la evolución del derecho?

El PRI, sucesor del PNR, jugó un papel central en la evolución del derecho mexicano al mantener un control político casi absoluto durante varias décadas. Esto permitió:

  • Estabilidad política:  Aunque criticado por su carácter autoritario, el PRI evitó conflictos internos que pudieran desestabilizar al país.
  • Reformas legales:  Durante su hegemonía, el PRI impulsó importantes reformas constitucionales, como la nacionalización del petróleo (1938) y la reforma agraria.
  • Sistema electoral:  Aunque inicialmente el sistema electoral fue controlado por el partido, las reformas de 1977 y 1996 establecieron bases para un sistema más democrático.

Fuente:

López Betancourt, E. (2022). Historia del derecho mexicano: (2 ed.). IURE Editores. https://elibro.net/es/lc/unadmexico/titulos/213689

Derechos Humanos y Estado de Derecho

El contexto al que alude el texto leído, sobre Derechos Humanos y Estado de Derecho (Bravo Aguilar, 21007), en palabras un poco más “duras” y sencillas, es aquel donde una serie de hechos, replicados en mayor o menor medida, en todos los niveles de gobierno, en diversos momentos históricos y recientes, que demuestran abusos de poder, impunidad y desigualdad, nos hacen cuestionarnos sobre la legitimidad de nuestros gobiernos y leyes. ¿Por qué en “la realidad” la sola redacción y compendio de nuestras leyes no es capaz de regular nada? Puesto que su aplicación es por demás deficiente.

 Se realiza un recorrido histórico y conceptual detallado, me parece que por dos razones principales. Detrás de la valoración histórica del concepto de estado de derecho, hay un sentido de que, como grupos humanos, estamos fuertemente condicionados por “la costumbre”. Es decir, considerando que en conjunto, tenemos más tiempo como sociedad medieval-colonial-feudalista —300 años— y como estado moderno —en 200 años— no hemos logrado llevar a los hechos los principios y postulados del tipo de estado liberal occidental que se supone conformamos. Sólo haciendo consciencia de la importancia sobre la rectificación individuo-social de nuestras costumbres, es que podemos asumir este proyecto como propio, y decidir el abandono de costumbres obsoletas, por otras que nos den como resultado el progreso colectivo que se supone que buscamos. En otra forma de plantear este punto: hacemos un repaso histórico porque necesitamos entender la necesidad de reformar nuestras costumbres, e imprimirles un sello de proyecto colectivo que no se ha podido concretar en nuestra identidad social como “mexicanos” en tanto que grupo humano uniforme que comparta y busque los mismos intereses.

 El recorrido conceptual intenta, en la medida de lo posible, subsanar nuestro terrible nivel de ignorancia, pues como sociedad feudal que actuamos, no somos capaces de ver que, en el aspecto colectivo, estamos fomentando nuestra propia desgracia, creando nuestra propia pobreza material y nuestra ruina moral. Pues no otra cosa es la ignorancia que nuestra propia ruina completa.

Esto nos remite al texto “En torno al tópico…”, de Emmanuel Kant. El autor Jaime Haro, en su exposición, innegablemente nos está diciendo, también, que los conocimientos teóricos no son “inservibles” en la práctica, sino que, muy al contrario, la ignorancia personal y social que muchos cuidamos y protegemos con todo nuestro esfuerzo, esa “ignorancia” y ese “fanatismo”, nos hacen inservibles a nosotros mismos para nosotros mismos.

De esta manera, el término “progresivo(s)” con que se definen los derechos humanos en las leyes más actuales, no solamente habla de la cantidad de derechos que ya no se pueden perder ni dejar de proteger, sino del ejercicio de la vida humana que el proyecto histórico de “modernidad” implica, de esa práctica completa de nuestras vidas que puedan basarse en el conocimiento objetivo, la racionalidad humana en su mayor capacidad, y la libertad individual como única posibilidad lógica (positivable) de bienestar colectivo: de este mismo estado de derecho del que hablamos.

De aquí que, si como miembros ciudadanos del estado, cuanto más como abogados, no vigilamos y propiciamos nosotros mismos el estado de derecho, tan claramente concebido y tan históricamente urgente de realizar como lo es: a lo que abonamos y lo que seguiremos ocasionando, como consecuencia, será la injusticia, la pobreza, la corrupción (criminalidad institucional), la impunidad, el abuso de poder y el retraso y rezago de nuestro país tanto como el individual. Decían, tanto Platón como Aristóteles: “aquel que no es capaz de gobernarse a sí mismo, merece ser esclavo de otros.”

DERECHO, 1er SMTRE MATERIA: INTEGRIDAD EN EL SERVICIO PÚBLICO

DOCENTE: Dra. Nelly Huerta Fernández TÍTULO: Reporte de Lectura General. Derechos Humanos y Estado de Derecho: una visión contemporánea.

ALUMNO: Jorge Castillo Martínez ES241112761

FECHA: Pachuca de Soto, Hidalgo; a 16 de febrero de 2025

Fuentes de consulta:

  • Bravo Aguilar, N. T. José de Jesús Covarrubias Dueñas y García Murillo, J. G. (2007). Derechos Humanos y Estado de Derecho: una visión contemporánea: (ed.). Guadalajara, Jalisco, México: Universidad de Guadalajara. https://elibro.net/es/ereader/unadmexico/74327
  • Código de Ética de la Administración Pública Federal. Diario Oficial de la Federación. (2022) https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5642176&fecha=08/02/2022
  • Platón. (1993). Las Leyes. Madrid: Gredos.
  • Aristóteles. (2000). Política. Madrid: Gredos.
  • Platón. (2007). La República. Madrid: Gredos.
  • Kant, I. (2006). Teoría y práctica: En torno al tópico. Madrid: Tecnos.

Valores morales, DDHH y calidad jurídica

a) ¿De qué manera la honestidad, la justicia y la empatía influyen en la calidad de las decisiones jurídicas?

  • Si uno cuenta con empatía, podrá entender el sufrimiento y las satisfacciones más gratas para los demás. Si uno es honesto consigo mismo, se dará cuenta de que sólo se pueden desear, para los demás, los mayores bienes, y los menores males; y que, si alguna vez hace o les desea mal a otros, es solamente porque somos demasiado ignorantes sobre la importancia de nosotros mismos, y porque nos da terror pensar en nuestra fragilidad. Con empatía y honestidad, sólo nos faltará determinación para evitar lo más posible el mal para los demás, y decidir que en todo aquello que hagamos, sólo procuremos los mayores bienes posibles para todos. Si lo viéramos globalmente, nos daríamos cuenta de que buscar la justicia para todos, es el único bien real que podemos obtener para nosotros mismos.

b) ¿Por qué es indispensable que los derechos humanos sean una guía constante en el ejercicio profesional del ámbito jurídico?

  • El imperativo categórico kantiano me parece la guía más fundamental para entender esto. “Ve a los otros como fines en sí mismos, no como medios”. Siendo así, es en los derechos humanos donde se concentran las condiciones de posibilidades mínimas para el desarrollo pleno de todo ser humano. En el ámbito jurídico, los derechos humanos son el único criterio eficaz para reconocer la imparcialidad sustancial que pueda haber o no haber en nuestros actos profesionales.

c) ¿Es la misma afectación la que se manifiesta en el quehacer jurídico, cuando se trata de la falta de valores éticos que cuando se trata de la falta de protección a los derechos humanos?

  • Sí, absolutamente.

d) En países donde los derechos humanos son frecuentemente vulnerados, ¿cómo puede el profesional del derecho ejercer sin ser parte de ese sistema?

  • En todos los países, es necesario que el profesional realice una meditación, una crítica y autocrítica profunda y honesta acerca de los límites entre la influencia externa y su autonomía individual.
  • La particularidad de nuestro país es que carece de identidad. Los grupos de personas distintas que habitan el territorio no parecen compartir nada como un objetivo y origen común. Si por causa de la esquizofrenia social aparente, nosotros mismos no reconocemos nuestra identidad; en otras palabras, si como profesionales no somos diferentes de los ladrones y criminales, entonces debemos entender que no hemos prácticamente ni nacido, que toda nuestra vida es la mentira que hemos dejado que nos cuenten. La única manera de salir de esta caverna viciosa es el estudio, la formación auténtica, la educación. En nuestro país, se necesita que todos las personas adultas y profesionales, asumamos un deber estricto de convertirnos a la vez en maestr@s, con cada acto personal y profesional, de qué y cómo es hacer algo bien; cada profesional debemos rechazar e intervenir positivamente en todo aquello que esté mal.

e) ¿Debe el abogado litigante aceptar un caso que podría comprometer su ética profesional o, por el contrario, debe rechazarlo en función de sus principios?

  • Debe aceptar, bajo la conciencia de la clase de ayuda que su cliente necesita, con la empatía y honestidad con la que debió haberse formado. Si el abogado entiende, expone, y ayuda a su cliente a valorar sus mejores argumentos, es posible que el cliente decida atender, en primer lugar, la causa que lo obligó a enfrentar un proceso legal, y luego, en acompañamiento profesional, el mismo cliente decida un arreglo ético y legal, que no comprometería la ética del abogado, sino que, en función de la actuación profesional bajo principios, abone con ello a su buen prestigio.

Fuentes de consulta: