Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo

Revisión y análisis de la normatividad relacionada con nuestras denuncias y su proceso. Comenzamos resaltando lo más relevante para mejor seguir estrechando las relaciones que estamos señalando entre las evidencias objetivas, hechos, y la normatividad que en teoría los regula.

¿Ya ves que ahí lo dice?
Superfíjate en esto.
El peso de esto puede recaer en la «interpretación». Téngase cuidado.
Mhmhmm…
¿En serio?

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo

¿Cuántas faltas graves y cuántas faltas no graves contaron ustedes?

LEY d ARCHIVO de HGO -Normatividad violada x SEPH y Gob de Hgo

  1. La normatividad vigente debe estar disponible para consulta.
  2. La ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento
  3. Para suplir la deficiencia institucional oficial sobre la información que es obligación de gobierno del estado divulgar y mantener accesibla para consulta, me dispongo a hacer esta información pública, desde mis funciones de persona simple comprometida con la recta legalidad, institucionalidad y profesionalismo; en síntesis, con el verdadero desarrollo de mi comunidad. Sólo así, y no de otra manera, es como cualquier trabajador@ de la Secretaría de Educación Pública y un licenciado en educación (en particular) como su servidor (o grado mayor), podríamos demostrar al menos la mínima capacidad, y autoridad moral, para poder decir que somos «maestros«: cuando damos el ejemplo.

«Ley de Archivos del Estado de Hidalgo»

Es notorio un «modus operandi» de algunas o varias autoridades según el cual, todas aquellas leyes que les atañen, pueden ser pasadas por alto, y parece no existir ninguna obligación sobre su cumplimiento.

Si un ciudadano o ciudadana comunes y corrientes son afortunados, y llegan a cometer una falta, se pretende que está bien y es correcto aplicarles la normatividad rigurosamente y al pie de la letra, y aplicando las sanciones o medidas disciplinarias estipuladas y prestablecidas.

[ LAS IMPLICACIONES DE LA LEY GENERAL DE ARCHIVOS PARA EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, Bertha Maciel García, Instituto de investigaciones jurídicas, UNAM ]

Si un ciudadano o ciudadana es tratado poco o mucho de un modo condescendiente; disculpando errores y faltas; y en su lugar, celebrando y premiando en menor o mayor medida actitudes noscivas: no es correcto, desde nuestro punto de vista, o se supone no habría de ser correcto para ninguna perspectiva en general. Las pruebas en cuanto a la denuncia que presento, más allá de cualquier especulación, subjetivismo o generalización, intentan mostrar y evidenciar cuál es la situación presente de ilegalidad ejercida y practicada como forma cotidiana de gobierno, particularmente por parte de las personas denunciadas por presuntos actos de hostigamiento laboral y/o negligencias administrativas delictuosas.

Lamentablemente, más allá de la injusticia y delictividad propia que toda interpretación extremamente severa o excesivamente blanda de las leyes implica, lo que no es admisible ni permisible para ninguna sociedad democrática regida por leyes (estatales, nacionales e internacionales), es que aquellas personas que buscamos, que perseguimos valores profundamente democráticos, y que estamos comprometidos con el verdadero desarrollo moral, ético, académico y científico de nuestro estado y país, seamos ignorados, «castigados», y humillados, recibiendo acusaciones falsas.

De tal manera que, lo más grave, es el daño y lesión que cuidadosa y detalladamente se hace de nuestros derechos humanos más fundamentales, y cuya víctima no es únicamente una persona (o pocas) sino toda nuestra sociedad, incluyendo a quienes por cualquier motivo no se dan cuenta de los hechos, e inconscientemente o voluntariamente participan de ellos. Ya que en el fondo existen faltas y delitos de todo tipo y gravedad que se permiten e incluso incentivan en toda nuestra sociedad y (lo grave) en nuestras instituciones; lo más grave son las lesiones a Derechos Humanos específicos como: la igualdad, la dignidad, seguridad, salud, educación, legalidad, no violencia, libre desarrollo (autonomía), trabajo digno (legal), libertad de pensamiento, expresión, identidad: lo más básico y fundamental es lo que más a menudo, cotidiana y profundamente, se violenta.

El objetivo principal de esta publicación es dar a conocer la «Ley de Archivos del estado de Hidalgo».

Dentro de nuestras denuncias, mencionamos «Negligencias/delitos administrativos»; que se refiere a que las autoridades mencionadas, pese a que son los primeros en el deber de conocer (cumplir, así como vigilar su cumplimiento) y aplicar la ley, están siendo los primeros en violarla, denotando ellos mismos que lo hacen con plena consciencia, voluntad y dolo.


Una de las leyes que se violan y sobre la cual demuestro conocimiento, competencia, proactividad, y capacidad de ofrecer orientación para su utilidad y óptimo funcionamiento, es justo esta «Ley estatal de archivos del estado de Hidalgo», la cual regula una buena parte de cualquier labor burocrática de que se trate.

Su buen cumplimiento garantizaría 3 cosas:

  1. Una gobernabilidad ética e íntegra (funcionarios que no tienen nada que ocultar, que no roban),
  2. la Transparencia institucional (que no sólo han presumido que buscan todos los colores políticos, sino que debe ser exigida por ley por cualquier clase de ciudadanos -con sus ideologías y fines diversos-, y de la cual debería dar ejemplo cualquier institución pública),
  3. y la [capacidad para] rendición de cuentas fidedignas por parte de las instituciones.

Si las evaluaciones que de sí mismas hacen las instituciones, y los resultados que dicen dar no son fidedignos, todavía más grave que la fuga de recursos y defraudación económica que ello «delata» (ni siquiera mencionemos la degradación ética y moral que padecen las víctimas y los propios promotores de la corrupción); lo capitalmente grave es que DESCONOCEMOS por completo las causas (incluso consecuencias) y posibles soluciones a cualquier problema que lleguem@s a tener y todos los que de hecho tenemos como estados y naciones. En otras palabras, si esto es así y sucede así, las instituciones y las sociedades que en ese estado se encuentran, muy lejos de siquiera estar acercándose al logro de sus objetivos, lo que en realidad hacen es producir los daños más graves sobre los asuntos que se supone deberían solucionar o mejorar.

Tal grado extremo de ignorancia no puede ser consebible ni posible, sino únicamente cuando se da el caso de que son nuestras instituciones de educación quienes trabajan con todo su empeño y compromiso para mantenernos cada vez más ignorantes, incapaces de tomar decisiones, vulnerables, dependientes, e incapaces para enfrentar o resolver ningún problema real, ya que ni siquiera nosotros somos «educados», ni educamos a personas capaces de identificar problemas, menos de resolverlos.

Yo no puedo hacer un juicio definitivo acerca de cómo es la naturaleza real de las cosas que se observan y se viven. Esa es la razón para realizar una denuncia, solicitar intervención de autoridades competentes, de opinión y observación pública. Es por ello que se buscan personas que sí puedan juzgar con mayor conocimiento, capacidad, y en función de los intereses del pueblo.

Lamentablemente, sólo hemos recibido silencio, evación de respuestas y responsabilidades; e incluso intentos de represalias y ataques a nuestra persona.

Como profesionales que vivimos la verdad y el conocimiento, que creemos en ello, y que es a partir de ello como sabemos producir tanto valor, como valores, y también cosas valiosas, y que si fuéramos maestros no podríamos enseñar nada sin estos principios de integridad; nosotros seguiremos haciendo lo que sabemos que es correcto.

elaboración denuncias solicitud de permiso
elaboración denuncias

Para saber más:

Seguiremos añadiendo, detallando y relacionando tanto los hechos ocurridos como la normatividad violada, es decir : pruebas, de la manera más objetiva y detallada posible. Aún falta bastante por presentar y exponer tanto al público como para continuar nuestro proceso de denuncias formales.

Por cierto, contamos con prueba y constancia de que las principales autoridades y actores sociales que tendrían que intervenir legalmente en la atención de nuestra denuncia y la búsqueda de su más favorable resolución, ya recibieron nuestro correo electrónico en el cual solicitamos sea este oficialmente recepcionado y considerado, en su carácter virtual, parcial y provisorio, legalmente reconocido. Ya lo han abierto y leído; y no tenemos aún ninguna respuesta por parte de nadie; ni autoridades ni sociedad civil legalmente establecida como miembros partícipes en el combate a la corrupción.

Esto no permitimos que nos amedrente ni detenga: más bien nos desilusiona y hace que sintamos lástima de toda persona prisionera de la prostitución moral y la ignorancia fanática cobarde y retrógrada que muestran. Pero, a nosotros, no hay nada ni nadie que nos detenga. Queda: para el Archivo.

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Como el mostrado en la imagen situada arriba de este párrafo, tengo registro más amplio. Lo que es sumamente raro es que, según este registro: desde «jorge.castillo@seph.gob.mx» se abrió el correo que envié como copia a esta dirección mencionada, y que además se supone es mi correo institucional, el cual se supone era mi herramienta de trabajo dentro de SEPH. No solamemnte no se rechazó el envío que hice desde mi correo personal, pues lo envié a esta dirección institucional que usaba, como para saber si seguía activa y era yo quien había olvidado la contraseña, o ya la habían desactivado del área de informática.

Ya fuera que para eso tuviera, alguien, alguna indicación o no indicación, si yo ya no tengo acceso a mi cuenta de correo de la SEPH y tampoco lo estoy usando: lo que se sigue por automático es que tal cuenta sea desactivada o eliminada. Como represalia por buscar hacer un trabajo ético y eficiente, se me intenta culpar de una infracción falsa, para lo cual se falsifica una carpeta, como se evidencia el video/grabación de la conversación que tuve en el área de jurídico el día 30 de enero de 2023.

¿Qué demuestran estas evidencias? Nuestro correo electrónico laboral, en el cual tenemos toda la correspondencia que más fielmente puede servirnos como prueba de nuestras actividades laborales, nos ha sido intencionalmente bloqueado e intervenido. No solamente no podemos usarlo como elemento en las pruebas de lo que decimos: por algo que es una evidente decisión de poder unilateral, arbitraria e injustificada. Sino que está existiendo, además, una usurpación, violación o transgresión de correspondencia, lo que implica un delito federal inaceptable de ocurrir en las instituciones, mucho menos de parte de nuestras «autoridades».

No paran ahí las cosas todavía. Si no tenemos acceso a nuestro correo laboral, tenemos evidencia de que nuestro correo laboral está activo, y alguien diferente a nosotros tiene acceso a él, lee los correos electrónicos que podrían ir dirigidos a nosotros, ¿no es natural motivo de sospecha y preocupación que otra persona -con esos accesos- pueda estar enviando correos a nuestro nombre; suplantando identidad y funciones?

Debemos pues, fundamentados en evidencias, señalar que, además de los delitos mencionados anteriormente, estamos justificados al indicar como posibilidad y sospecha: otros delitos federales graves como la violación de correspondencia, la usurpación de funciones, el robo de identidad, y demás que se asocien o resulten debido a la práctica delictuosa e indebida de éstos en nuestra institución de educación y/o nuestro gobierno estatal, por indicación y/o anuencia de autoridades y personal en todos los niveles, funciones e instancias del servicio público.

A lo largo de la conversación con esta persona de jurídico; video que compartí arriba y repito a continuación, aunque parezca «aburrido», pues llega a durar casi una hora y se escucha un poco difícilmente (con bajo volúmen), nótese (pese a deficiencias, se puede distinguir) que en todo momento, lo único que hace la abogada, es procurar justificar, «normalizar» y disfrazar de «adecuadas» o hasta «necesarias», esas maneras de proceder hacia los trabajadores comunes: sin mínima consideración ética, ni aplicación o protección de los Derechos Humanos básico de cualquier ser humano; mientras que se protege, de todas las formas posibles, una manera de actuar opaca, parcial, unilateral y discrecional, a todas luces abusiva y corrupta, de nuestras «autoridades» en primer lugar y, luego, de parte de las instancias que se supone deberían ser garantes de ética, legalidad y justicia. Compruebo y demuestro que no es así.


En otro momento agregaré, ya sea en una actualización de este escrito, o redactado más a detalle en otra sección: en qué ley(es) y en cuál(es) de sus puntos, se menciona que: un caso de acoso u hostigamiento laboral y/o sexual cuya víctima sea particularmente una mujer, y especialmente en una institución de servicio público, OBLIGATORIAMENTE se debe seguir el proceso completo de ser (1) denunciado, (2) investigado y (3) sentenciado (juzgado, que se determine forzosamente culpabilidad o inocencia, así como la(s) correspondiente(s) sanción(es); medida de reparación del daño, y se definan y ordenen medidas de prevención; ya que la intención legistativa de estas normas y un orden de estado de derecho real y correcto se propone ERRRADICAR (no tolerar ni negociar con) delitos tan serios, graves y arraigados como lo son la violencia de género y la corrupción institucional.

Cuando la abogada «platica» conmigo, por muy lindo tono que busca para hablarme, ella en realidad está:

(1) Violando mi derecho a la presunción de inocencia. Implícitamente, ya me asume como culpable de una falta que ella no puede saber si cometí o no cometí.

(2) Mi derecho humano a un trabajo digno, libre de violencia y corrupción. Al mismo tiempo viola el propio Derecho Humano a la Dignidad.

(3) El Derecho Humano a un entorno libre de violencia que por supuesto debe tener aquella compañera a quien dicen que yo «agredí» y jamás pudieron decir de manera clara, simple y verbal cómo supuestamente la agredí. Pretendían que yo firmara una «llamada de atención» mostrándome una carpeta de 200 a 300 páginas que supuestamente lo describía «todo». Por una parte, hacía meses que no había ni actividades, ni espacio en común de trabajo con tal compañera, ni interacción ninguna que pudiera argumentar cualquier agresión de mi parte hacia quien involucraron para que ella firmara falsamente como «víctima».

(4) Se demuestra la ineptitud, o bien falta de toda ética, o ambas infracciones y problemas, de las «personas encargadas» de cada uno de los asuntos que se ventilan. Ya que, lejos de poder amedrentarme con acusaciones falsas para cuya atención se ejercen abusos de poder cada vez más inexplicables e incalculables, además de inútiles; lejos de siquiera poder hacer «bien» un acto «malo», evidencian con más ahínco la tremenda corrupción e impunidad a la que están acostumbrados, y se demuestran culpables ell@s de las cosas, pues para intentar encubrir la ilegalidad, se ven obligados a incurrir en delitos cada vez mayores, y nos regalan, además, todas las evidencias para demostrar lo mal que trabajan.

En el momento en que cualquier instancia de jurídico (o cualquier servidor público, pero como todo mundo se deslinda de todo, dejémoslo en los abogad@s y/o personal del área de «jurídico») tuviere noticias o conocimiento sobre hechos de violencia de género, estaría en la obligación y el deber de asumir responsabilidad total, para que tal situación sea investigada y valorada en las instancias y por las personas competentes. Pues, en caso de ser verdad un acto o hechos de esta naturaleza, a quien más estarían violentando en todo sentido, sería a la compañera, ell@s, como autoridades. Es decir, ni me estarían «amedrentando» ni «perdonando» nada -al acusarme falsamente- a «mí»; sino siendo mis cómplices de eso que según me acusan, y agudizando más la violencia de género institucional que se supone deberían vigilar y ayudar a erradicar.

Cada cosa y cada manera que han usado y están usando las personas para evitar sus responsabiliodades, encubrir, y solapar sus faltas: no hace nada sino evidenciarles más, y profundizar aún más la negligencia que significa no atender, genuinamente y con responsabilidad, ningún problema.